Artículo 31 de la Ley para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los programas de prevención social que hagan el estado o los municipios se pagan con el dinero que cada uno tenga en su presupuesto, sin usar fondos de otras partes. Además, esos programas deben seguir las reglas que marca esta Ley, la Ley de Seguridad del Estado de México y otras leyes que les apliquen. En pocas palabras, cada gobierno local usa su propio dinero y cumple con las leyes para hacer estos programas.
Texto oficial
Artículo 31. Los programas estatales o municipales en materia de prevención social deberán cubrirse con cargo a sus respectivos presupuestos y sujetarse a las bases que establece la presente Ley, la Ley de Seguridad del Estado de México y demás disposiciones legales aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.