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Artículo 31 de la Ley para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los programas de prevención social que hagan el estado o los municipios se pagan con el dinero que cada uno tenga en su presupuesto, sin usar fondos de otras partes. Además, esos programas deben seguir las reglas que marca esta Ley, la Ley de Seguridad del Estado de México y otras leyes que les apliquen. En pocas palabras, cada gobierno local usa su propio dinero y cumple con las leyes para hacer estos programas.

Texto oficial

Artículo 31. Los programas estatales o municipales en materia de prevención social deberán cubrirse con cargo a sus respectivos presupuestos y sujetarse a las bases que establece la presente Ley, la Ley de Seguridad del Estado de México y demás disposiciones legales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.