Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San José del Rincón, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San José del Rincón tiene varias funciones, como crear escuelas de deportes para principiantes en comunidades y colonias, y dar becas de comida, dinero o estudios a los mejores deportistas del municipio. También debe organizar torneos para escuelas desde kínder hasta preparatoria, y formar clubes deportivos que siempre estén activos. Además, tiene que hacer que personas del gobierno, empresas privadas y la sociedad participen en el deporte local, y debe presentar públicamente los planes deportivos, explicando sus metas y resultados. Otras tareas son dar entrenadores calificados a los equipos del municipio, asesorar en deportes recreativos, promover el uso y la construcción de instalaciones deportivas, y crear registros de todo lo relacionado al deporte, como canchas, atletas, equipos y entrenadores. Por último, debe apoyar con lo necesario para que los eventos deportivos se realicen bien y cumplir con otras funciones que le pidan otras leyes.
Texto oficial
Artículo 16.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San José del Rincón, tendrá las siguientes facultades: I. Crear escuelas populares de iniciación deportiva en pueblos, comunidades, barrios y colonias del municipio de San José del Rincón; II. Crear el sistema municipal de becas académicas, económicas y alimenticias para deportistas distinguidos del municipio; III. Crear torneos estudiantiles permanentes en los niveles, preescolar, primaria, secundaria y media superior; IV. Organizar clubes deportivos populares permanentes; V. Involucrar a los sectores públicos social y privado en el deporte municipal; VI. Presentar públicamente los programas deportivos municipales, sus objetivos metas, estrategias y resultados; VII. Otorgar dirección técnica de calidad a representaciones municipales; VIII. Otorgar asesorías al deporte formativo y de recreación; IX. Promover el uso de las instalaciones deportivas, públicas y privadas; X. Promover el desarrollo de instalaciones públicas y privadas; XI. Desarrollar corrientes sociales y deportivas del mérito; XII. Crear el registro municipal de instalaciones deportivas, deportistas, deportes, clubes, ligas y torneos deportivos; XIII. Crear el registro municipal de jueces, árbitros, entrenadores, médicos del deporte, psicólogos del deporte y escuelas del deporte; XIV. Brindar apoyo logístico a los eventos deportivos que se desarrollan en el municipio; XV. Las demás que las leyes de la materia le señalen. CAPÍTULO IV DE SU PATRIMONIO Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 1 de octubre de 2013. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE DE SAN JOSÉ DEL RINCÓN, MÉXICO. 6
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.