Artículo 19 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica cómo está organizada la Comisión. La máxima autoridad es un Consejo Directivo, que es como una mesa directiva, y también hay un Vocal Ejecutivo, que es un jefe encargado de las operaciones diarias. El Consejo está formado por varias personas: un presidente (que es el titular de la Secretaría), un secretario técnico (que es el Vocal Ejecutivo), un comisario (nombrado por la Secretaría de la Contraloría) y seis vocales que representan a dependencias del gobierno, como Finanzas o Medio Ambiente. Todos los miembros del Consejo pueden opinar y votar, excepto el secretario técnico y el comisario, que solo opinan. Además, ser miembro del Consejo es un cargo honorífico, es decir, no reciben pago por ello.
Texto oficial
Artículo 19.- La dirección de la Comisión estará a cargo de un Consejo Directivo y un Vocal Ejecutivo. El Consejo Directivo será la máxima autoridad de la Comisión y estará integrado por: I. Una Presidencia, que estará cargo de la persona titular de la Secretaría; II. Una Secretaría Técnica, que estará cargo de la persona titular de la Vocalía Ejecutiva; III. Una Comisaría, que estará cargo de la persona nombrada por la persona titular de la Secretaría de la Contraloría; y IV. Seis vocales, representantes de cada una de las siguientes dependencias estatales: a) Secretaría de Finanzas; b) Derogado. c) Secretaría del Campo; d) Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible; e) Derogado. f) Una persona representante de la Comisión Técnica; y g) Dos personas representantes de los organismos operadores, invitadas por la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado. Las personas integrantes del Consejo Directivo tendrán derecho a voz y voto, con excepción de la Secretaría Técnica y la Comisaría. El cargo de integrante del consejo directivo será honorífico. La organización y funcionamiento de la Comisión se regirá por su Reglamento Interior.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.