Artículo 1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo explica que solo el Poder Judicial puede juzgar y aplicar la ley en el Estado de México, y detiene quiénes lo hacen. Los encargados de impartir justicia son, entre otros, el Tribunal Superior de Justicia (con sus salas especiales), juzgados de primera instancia, tribunales laborales y juzgados para asuntos menores. También se crean órganos de apoyo como un Tribunal de Disciplina para sancionar a jueces, una Escuela Judicial para capacitarlos y un Centro de Mediación para resolver conflictos sin llegar a juicio. Además, el Poder Judicial debe actuar siempre favoreciendo a las personas, poniendo por delante su dignidad, la justicia social y el respeto a los derechos humanos. En pocas palabras, se trata de quiénes juzgan y cómo deben hacerlo, siempre pensando en el bien de la gente.
Texto oficial
Artículo 1. El ejercicio de la función jurisdiccional corresponde a los órganos del Poder Judicial en los términos que establece la Constitución y se deposita en: a) El Tribunal Superior de Justicia, que funcionará en Pleno y en Salas; b) La Presidenta o Presidente del Tribunal Superior de Justicia; c) Una Sala Constitucional; d) Una Sala de Asuntos Indígenas; e) Salas colegiadas y unitarias; f) Tribunales de alzada; g) Tribunales de enjuiciamiento, juzgados de primera instancia y juzgados de ejecución; h) Juzgados de cuantía menor y juzgados de control; y i) Tribunales laborales. El Poder Judicial contará con un Tribunal de Disciplina Judicial, un Órgano de Administración Judicial, una Contraloría Interna, la Escuela Judicial y el Centro Estatal de Mediación, Conciliación y Justicia Restaurativa del Estado de México, así como las demás unidades administrativas que determine el Órgano de Administración Judicial para el adecuado ejercicio de sus funciones. El Poder Judicial del Estado de México actuará en todo momento con base en el principio pro persona, colocando en el centro de su actuación la dignidad humana, la justicia con sentido social y el respeto a los derechos humanos. Amicus Curiae
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.