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Artículo 175 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Contraloría Interna, que es como el departamento que revisa que todo esté en orden, debe tener por lo menos cuatro áreas de trabajo. Una de ellas es la Dirección de Auditoría, que se encarga de verificar cuentas y procesos para que no haya fallas. También necesita una Dirección de Investigación para indagar si alguien cometió alguna falta o irregularidad. Además, debe haber una Dirección de Substanciación, que es la que revisa los casos y les da seguimiento formal. Por último, el Pleno del Órgano de Administración Judicial puede agregar las áreas extra que considere necesarias para que todo funcione bien.

Texto oficial

Artículo 175. La Contraloría Interna contará, al menos, con las siguientes unidades administrativas para el ejercicio de sus funciones: I. Dirección de Auditoría; II. Dirección de Investigación; III. Dirección de Substanciación; y IV. Las demás que determine el Pleno del Órgano de Administración Judicial. Dirección de Auditoría

Ver ley oficial en el DOF (pág. 56) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.