- Ley
- Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México
- Artículo
- 192
Artículo 192 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Tribunal de Disciplina Judicial es quien se encarga de vigilar que los jueces y otros trabajadores del Poder Judicial del Estado de México se porten bien y sigan las reglas. Este Tribunal puede tomar decisiones por su cuenta, organizar su trabajo como mejor le parezca y no recibe órdenes de nadie más para hacer su labor. En pocas palabras, tiene libertad para actuar y decidir sin que otras autoridades lo presionen o manden.
Texto oficial
Artículo 192. La disciplina del Poder Judicial del Estado de México estará a cargo del Tribunal de Disciplina Judicial. Independencia técnica, de gestión y autonomía del Tribunal de Disciplina Judicial
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.