Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 263 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El órgano encargado de administrar la justicia, a sugerencia de la o el presidente del Tribunal de Disciplina Judicial, va a crear reglas escritas (acuerdos generales) para definir los tipos de castigos o correctivos que se pueden aplicar. Esas reglas se llaman "medidas correctivas" y se publican para que todos sepan cómo funcionan. Además, ahí mismo se establecerá un límite de tiempo para cumplir con esas medidas. En pocas palabras, es como si hicieran un manual con las sanciones y los plazos para cumplirlas.

Texto oficial

Artículo 263. El Órgano de Administración Judicial a propuesta de la Presidenta o el Presidente del Tribunal de Disciplina Judicial reglamentará los tipos de medidas correctivas mediante la emisión de acuerdos generales. Plazo para el cumplimiento de medidas

Ver ley oficial en el DOF (pág. 75) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.