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Artículo 349 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Fondo Auxiliar va a manejar un fondo de ahorro para el retiro de los trabajadores, que se llama Sistema de Previsión Social. Para tomar decisiones sobre ese fondo, se forma un Comité con varias personas importantes, como el presidente del juzgado, los directores de administración y finanzas, y representantes de los trabajadores. La mayoría de los miembros del Comité pueden opinar y votar, pero tres de ellos (el del Tribunal de Disciplina, el de la Contraloría y el del área Jurídica) solo pueden opinar, no votar. Las decisiones se toman por mayoría de votos de los que sí tienen derecho a votar.

Texto oficial

Artículo 349. El Fondo Auxiliar administrará el Sistema de Previsión Social, constituido en términos Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 04 de septiembre de 2025. Última reforma POGG: 10 de abril de 2026. LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO 99 del párrafo quinto del artículo 7 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, a través de un Comité integrado por: a) El Presidente del Órgano de Administración Judicial; b) La directora o el director general de Administración; c) La directora o el director general de Finanzas y Planeación; d) Una persona representante del Tribunal de Disciplina Judicial; e) Una persona representante los trabajadores sindicalizados; f) Una persona representante de los trabajadores de confianza; g) La directora o el director general Jurídico Consultivo o la persona que este designe; y h) La persona titular de la Contraloría Interna. Los miembros del Comité contarán con voz y voto, a excepción de la persona representante del tribunal de Disciplina Judicial, la persona titular de la Contraloría Interna y la directora o el director general Jurídico Consultivo, quienes sólo tendrán voz. Las determinaciones se tomarán por mayoría de votos. Revisión del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia

Ver ley oficial en el DOF (pág. 98) ↗

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