Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las juezas, jueces, magistradas y magistrados serán elegidos por todas las personas ciudadanas a través de un voto libre, directo y secreto, como en las elecciones para presidente o diputados. Para esto, se seguirán las reglas que marca la Constitución y las leyes, y se tendrá que cumplir que haya la misma cantidad de mujeres que de hombres. Además, estas personas podrán ser votadas nuevamente para repetir el cargo. El puesto de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia durará un tiempo específico.

Texto oficial

Artículo 5. Las magistradas y magistrados, jueces y juezas serán electos de manera universal, libre, directa y secreta por el voto de la ciudadanía de conformidad con el procedimiento que establece la Constitución y la demás normatividad que resulte aplicable, observando el principio de paridad de género y podrán ser reelectas y reelectos. Duración del cargo de magistradas y magistrados del Tribunal Superior de Justicia

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.