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Artículo 90 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Presidenta o Presidente del Tribunal Superior de Justicia se elige mediante voto de todas y todos los ciudadanos del estado, igual que cuando eliges a tu gobernante. Puedes votar de forma libre, directa y en secreto. El proceso sigue las reglas de la Constitución y debe respetar que haya igualdad entre hombres y mujeres para ocupar el cargo. Quien gane estará en el puesto solo dos años y luego se hará una nueva elección.

Texto oficial

Artículo 90. La Presidenta o Presidente del Tribunal será electa o electo en una elección estatal por la ciudadanía a través de su voto universal, libre, directo y secreto de conformidad con el procedimiento que establece la Constitución, observando el principio de paridad de género, para cubrir un periodo de dos años. Duración y renovación de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.