Artículo 1 de la Ley para Prevenir, Atender, Combatir y Erradicar la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley es para proteger tus derechos más importantes, como la vida, la libertad y decidir tu futuro, y sirve para prevenir y combatir el delito de trata de personas. Se enfoca en apoyar primero a quienes están más vulnerables, como mujeres, niños, personas con discapacidad, adultos mayores o migrantes. También le dice al gobierno del estado y a los municipios qué deben hacer para acabar con este delito. Para lograrlo, pueden trabajar juntos haciendo acuerdos y creando programas o acciones especiales.
Texto oficial
Artículo 1.- La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto tutelar el derecho a la vida, la dignidad, la libertad, la integridad, la seguridad jurídica, el libre desarrollo de la personalidad y a la decisión del proyecto de vida de las personas, estableciendo las bases y modalidades en la prevención, atención y combate del delito de trata de personas, privilegiando la atención a mujeres, niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad, adultos mayores, migrantes, indígenas y demás personas en situación de vulnerabilidad. Asimismo, fijará las atribuciones de las dependencias públicas del Estado y sus municipios, en sus respectivos ámbitos de competencia, tendientes a prevenir, atender, combatir y erradicar la trata de personas, considerando para ello, los convenios de colaboración o coordinación interinstitucional que se implementen para tal efecto, de políticas públicas, de programas de gobierno y de acciones y operativos en la materia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.