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Artículo 28 de la Ley de Cambio Climático del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para hacer el inventario de contaminación, el Gobierno del Estado de México, con ayuda de expertos y de los municipios, juntará datos de todas las fuentes que generan emisiones, como fábricas, autos, trenes, comercios, hogares y basureros. La información se organiza en cinco grupos: el primero es la energía, por ejemplo, cuando quemas gasolina para manejar o gas para cocinar. El segundo son los procesos industriales, como los que ocurren en minas y fábricas de químicos o alimentos. El tercero es la agricultura, que incluye quemar residuos del campo o el estiércol de los animales. El cuarto habla de los cambios en el suelo, como cuando transforman un bosque en pastizal. Y el quinto son los desechos, como la basura que tiras o el agua sucia que tratas en tu casa o en una fábrica.

Texto oficial

Artículo 28.- Para la estimación de las emisiones del Inventario, la Secretaría, con el apoyo del Instituto y de los Ayuntamientos, obtendrá la información de las fuentes de competencia federal, estatal y municipal que se ubican dentro del territorio del Estado de México, de establecimientos o instalaciones, públicas o privadas, y de fuentes móviles, fijas o semifijas, ordenadas en los siguientes sectores: I. Energía: La generación de energía y el consumo de combustible en la industria, transporte, comercios y servicios; II. Procesos industriales: La industria minera, química, metálica, electrónica, de papel y alimentaria; III. Agricultura: Quema de residuos agrícolas, fermentación entérica, manejo de estiércol y suelos agrícolas; IV. Uso de Suelo, Cambio de Uso de Suelo y Silvicultura: Conversión de bosques a praderas, cambios en los almacenes de carbono y cambios en la biomasa forestal y leñosa; y V. Desechos: Disposición final de residuos sólidos urbanos o su incineración y plantas de tratamiento de aguas residuales, domésticas e industriales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.