- Ley
- Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en el Estado de México
- Artículo
- 1
Artículo 1 de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley aplica a todas las personas que estén en el Estado de México, sin excepción. Significa que nadie puede evitar cumplirla, porque es obligatoria para todos. Su objetivo es beneficiar a la sociedad en general, no solo a un grupo. No importa si eres de otro estado o país, si estás en territorio mexiquense, te toca respetarla. Piensa que es como las reglas del salón de clases: aplican parejo para todos los que están ahí.
Texto oficial
Artículo 1. La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general para el Estado de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.