Artículo 14 de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La ley obliga a que, tanto el gobierno del estado como los de los municipios, cuando emitan reglas sobre servicios para cuidar y atender a niñas y niños (como guarderías o estancias infantiles), deben seguir lo que dice esta ley y también lo que marca la Ley General (que es la ley federal más importante sobre el tema). Cada nivel de gobierno tiene que respetar sus propias responsabilidades y no puede inventar reglas diferentes. En pocas palabras, todas las reglas sobre cuidado infantil deben ser parecidas y basarse en lo que ya establecen estas leyes.
Texto oficial
Artículo 14. Las disposiciones relativas a la prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil que se emitan por parte de la administración pública estatal y municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán sujetarse a la presente Ley y a la Ley General.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.