Artículo 37 de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 37 dice que el Consejo debe seguir las reglas de esta Ley y su Reglamento para operar y funcionar. Esto significa que cómo trabaja y se organiza el Consejo está definido en estas normas. El siguiente capítulo habla sobre el Registro Estatal de los Centros de Atención del Estado de México, que es como una lista oficial donde se anotan estos centros para llevar control de ellos.
Texto oficial
Artículo 37. La operación y funcionamiento del Consejo se regularán por las disposiciones de esta Ley y su Reglamento. CAPÍTULO VI Del Registro Estatal de los Centros de Atención del Estado de México
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.