Artículo 23 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temoaya, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 23 dice cuáles son los trabajos y deberes del Director del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temoaya. Entre sus tareas principales están: representar legalmente al instituto, cumplir con lo que acuerde el Consejo Directivo (el grupo que toma decisiones importantes) y asegurarse de que se cumplan los planes del instituto. También puede hacer convenios o contratos para lograr los proyectos, presentar al Consejo los planes de trabajo y el presupuesto anual (dinero que se usará y se recibirá). Además, puede comprar cosas necesarias para el instituto, siempre siguiendo las reglas y con permiso del Consejo.
Texto oficial
Artículo 23.- Son facultades y obligaciones del Director, las siguientes: I. Representar al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temoaya; II. Dar cumplimiento a los acuerdos del Consejo Directivo; III. Vigilar el cumplimiento de los objetivos y programas del Instituto; IV. Celebrar acuerdos, convenios y contratos de coordinación para el cumplimiento de los planes y proyectos del Instituto; V. Presentar ante el Consejo Directivo el proyecto del programa operativo del Instituto; VI. Presentar ante el Consejo Directivo el proyecto anual del presupuesto de ingresos y de egresos; VII. Adquirir conforme a las normas los bienes necesarios y previa autorización del Consejo, para el mejor cumplimiento de sus objetivos; VIII. Prever lo necesario para el debido cumplimiento de los programas y el logro de los objetivos; IX. Las que le confieren la presente Ley, el reglamento interno y el Consejo Directivo. CAPÍTULO QUINTO DE SU PATRIMONIO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.