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Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Xonacatlán, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Directivo (el grupo que toma las decisiones importantes) debe reunirse seguido, mínimo cada tres meses en juntas normales. Además, pueden juntarse de manera especial las veces que haga falta si surge algo urgente. En pocas palabras, tienen juntas obligatorias cada cierto tiempo, pero también pueden convocar reuniones extras cuando sea necesario.

Texto oficial

Artículo 20.- El Consejo Directivo, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.