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Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Xonacatlán, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Directivo es el grupo de personas que toman las decisiones importantes del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Xonacatlán. Sus atribuciones incluyen aprobar el reglamento interno del Instituto, los planes que proponga el Director y el presupuesto anual de ingresos y egresos. También pueden nombrar o ratificar al Director, evaluar los planes y programas, y buscar otras formas de financiamiento. Además, pueden invitar a funcionarios de otros gobiernos a sus juntas si es necesario.

Texto oficial

Artículo 21.- Son atribuciones del Consejo Directivo: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte Xonacatlán; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Xonacatlán; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el Director para la consecución de sus objetivos; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 12 de marzo de 2014. Sin reformas. LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE XONACATLÁN, MÉXICO. 5 VI. Nombrar o ratificar al Director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; X. Las demás que deriven de otros ordenamientos legales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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