Artículo 59 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Directiva de la Diputación Permanente (el grupo de personas que dirige al Congreso cuando está de vacaciones) debe seguir las mismas reglas que usa la Directiva de la Legislatura (el grupo que dirige al Congreso en sesiones normales), pero solo aplicando las que le sirvan y funcionen para su trabajo. Es como si el equipo que se queda a cargo temporalmente tiene que copiar el manual de los jefes principales, pero ajustando lo que realmente necesitan para hacer bien su chamba.
Texto oficial
Artículo 59.- En el ejercicio de sus funciones, la Directiva de la Diputación Permanente observará en lo conducente las normas que rigen para la Directiva de la Legislatura. CAPITULO IV DE LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.