Artículo 89 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Aquí tienes la explicación del artículo 89 en lenguaje sencillo: El artículo explica las tres maneras en que se puede votar. La primera es la votación económica, que es cuando se levanta la mano o se hace una señal para mostrar si se está a favor o en contra. La segunda es la votación nominal, que es cuando cada persona dice su nombre y su voto en voz alta. La tercera es la votación secreta, donde nadie sabe por quién votaste. Cuando se hace una votación nominal, normalmente se usa un sistema electrónico para que sea más fácil contar los votos, a menos que aplique una situación especial que menciona otro artículo de la ley.
Texto oficial
Artículo 89.- Las formas de votación serán: I. Económica; II. Nominal; III. Secreta. Las votaciones nominales deberán realizarse mediante el sistema electrónico de asistencia, a efecto de facilitar dichas actividades, salvo la hipótesis prevista en el último párrafo del artículo 50 de esta Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.