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Artículo 125 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 125 fue derogado, lo que significa que ya no es válido ni se aplica. En pocas palabras, esa parte de la ley fue eliminada y ya no tienes que preocuparte por cumplirla. Así que no hay ninguna regla que seguir ahí.

Texto oficial

Artículo 125. Derogado CAPÍTULO IX Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 18 de diciembre de 2014. Última reforma POGG 17 de diciembre de 2025. LEY DE COMPETITIVIDAD Y ORDENAMIENTO COMERCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO 37 DE LAS CASAS DE EMPEÑO Y COMERCIALIZADORAS SECCIÓN I DISPOSICIONES PARTICULARES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

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