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Artículo 139 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una vez que hayas cumplido con todos los requisitos que pide esta sección, la Secretaría de Finanzas está obligada a darte el permiso original en un máximo de 5 días hábiles (de lunes a viernes, sin contar fines de semana ni días festivos). Te lo entregarán en la ventanilla de gestión, y ellos deben guardar una copia firmada por ti como comprobante de que lo recibiste, la cual se agrega a tu expediente.

Texto oficial

Artículo 139. Cumplidos los requisitos señalados en esta Sección, la Secretaría de Finanzas deberá expedir y hacer entrega del original del permiso a la ventanilla de gestión en un plazo que no exceda de cinco días hábiles, recabando constancia de su entrega en la copia del mismo, debiéndola anexar al expediente del permisionario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.