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Artículo 143 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso, debes pedir que lo cambien dentro de los siguientes cinco días hábiles (de lunes a viernes, sin contar festivos) después de que pase alguna de las situaciones que menciona el artículo anterior. Es decir, apenas ocurra algo que requiera modificar tu permiso, tienes ese tiempo para hacer el trámite, sin pasarte del límite.

Texto oficial

Artículo 143. El permisionario deberá solicitar la modificación del permiso en un plazo que no exceda de cinco días hábiles, contados a partir de que se dé alguno de los supuestos previstos en el artículo que antecede.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.