Artículo 152 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si perdiste, te robaron o se te echó a perder tu permiso, tienes que pedir que te den uno nuevo ante la Secretaría de Finanzas. Ese trámite se llama “reposición” y es el único modo de reemplazarlo. No puedes usar el permiso dañado ni sacar una copia por tu cuenta. La solicitud la haces tú directamente como permisionario, sin necesidad de abogado.
Texto oficial
Artículo 152. El permisionario deberá solicitar la reposición del permiso ante la Secretaría de Finanzas, cuando éste hubiere sido extraviado, robado o sufrido deterioro grave.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.