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Artículo 152 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si perdiste, te robaron o se te echó a perder tu permiso, tienes que pedir que te den uno nuevo ante la Secretaría de Finanzas. Ese trámite se llama “reposición” y es el único modo de reemplazarlo. No puedes usar el permiso dañado ni sacar una copia por tu cuenta. La solicitud la haces tú directamente como permisionario, sin necesidad de abogado.

Texto oficial

Artículo 152. El permisionario deberá solicitar la reposición del permiso ante la Secretaría de Finanzas, cuando éste hubiere sido extraviado, robado o sufrido deterioro grave.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.