Artículo 19 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el funcionario que recibe tus trámites se pasa del tiempo que la ley le da a otra autoridad para contestarte, él está obligado a reportarlo al área de control interno. O sea, no puede hacerse wey: tiene que avisar que ya se venció el plazo. Así te ayudan a evitar que te dejen en el limbo sin respuesta. Ese reporte se hace ante los que vigilan que todo ande derecho en el gobierno.
Texto oficial
Artículo 19. El responsable de la ventanilla tendrá la obligación de denunciar, ante el órgano de control respectivo, cuando haya transcurrido en exceso el plazo otorgado para que la autoridad requerida dé respuesta a las solicitudes que se le formulen en términos de esta Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.