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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley217/57
Ley
Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Artículo
57

Artículo 57 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Es ilegal que dejen a los clientes dentro del negocio después de la hora de cierre autorizada por la ley. Si el local ya cerró, el dueño o encargado no puede permitir que nadie se quede adentro, ni siquiera por un ratito. Esto aplica para cualquier tipo de comercio, como tiendas, restaurantes o centros comerciales. La regla es clara: una vez que terminó el horario permitido, todos deben salir del lugar sin excepción.

Texto oficial

Artículo 57. En ningún caso se podrá permitir la permanencia de los consumidores dentro de la unidad económica, después del horario autorizado.

Ver texto oficial de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México (pág. 25) ↗

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