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Artículo 79 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 79 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no se aplica, como si lo hubieran borrado del código. Así que no te preocupes por él, porque no tienes que cumplir ni tomar en cuenta nada de lo que decía.

Texto oficial

Artículo 79. Derogado

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.