Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley217/79
- Ley
- Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
- Artículo
- 79
Artículo 79 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 79 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no se aplica, como si lo hubieran borrado del código. Así que no te preocupes por él, porque no tienes que cumplir ni tomar en cuenta nada de lo que decía.
Texto oficial
Artículo 79. Derogado
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.