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Artículo 8 de la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que amamantar es un derecho que todas las mujeres y sus bebés tienen, y que nadie les puede quitar, ni siquiera con el paso del tiempo. El gobierno, las empresas y la sociedad en general tienen la obligación de proteger, apoyar y promover la lactancia. El objetivo es que los bebés y los niños pequeños estén bien alimentados y crezcan sanos, tanto en lo físico como en lo mental, y que las mamás también estén cuidadas.

Texto oficial

Artículo 8. La lactancia materna es un derecho fundamental, universal, imprescriptible e inalienable de las niñas, niños y mujeres. Constituye un proceso, en el cual el Estado y los sectores público, privado y social tienen la obligación de proveer su protección, apoyo y promoción, a efecto de garantizar la alimentación adecuada, la salud, el crecimiento y el desarrollo integral de los lactantes, niños pequeños y de las propias madres. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 18 de diciembre de 2014. Última reforma POGG: 5 de abril de 2024. LEY PARA LA PROTECCIÓN, APOYO Y PROMOCIÓN A LA LACTANCIA MATERNA DEL ESTADO DE MÉXICO 4

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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