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Artículo 153 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto. Por eso dice "derogado", que significa que ya no es válido ni se aplica en ningún caso. El capítulo segundo habla de los recursos administrativos, que son herramientas para impugnar decisiones del gobierno, pero el artículo 153 ya no forma parte de él. En resumen, no hay nada que explicar de este artículo porque ya no es útil para nadie.

Texto oficial

Artículo 153.- Derogado CAPITULO SEGUNDO De los Recursos Administrativos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 75) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.