- Ley
- Ley Orgánica Municipal del Estado de México
- Artículo
- 159
Artículo 159 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 159 fue eliminado de la ley, así que ya no tiene ningún efecto legal. Cuando una ley dice "Derogado", significa que ese artículo ya no existe ni se aplica. En este caso solo ves el número y la palabra "Derogado", porque antes tenía contenido, pero ya no. Pasa a la siguiente parte, que es el Título Seis sobre cómo se organizan los municipios.
Texto oficial
Artículo 159.- Derogado. TITULO VI De la Reglamentación Municipal CAPITULO PRIMERO Del Bando y los Reglamentos
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.