Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 159 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 159 fue eliminado de la ley, así que ya no tiene ningún efecto legal. Cuando una ley dice "Derogado", significa que ese artículo ya no existe ni se aplica. En este caso solo ves el número y la palabra "Derogado", porque antes tenía contenido, pero ya no. Pasa a la siguiente parte, que es el Título Seis sobre cómo se organizan los municipios.

Texto oficial

Artículo 159.- Derogado. TITULO VI De la Reglamentación Municipal CAPITULO PRIMERO Del Bando y los Reglamentos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 76) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.