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Artículo 33 de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de México y sus Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice quiénes forman parte del Sistema Estatal, que es un grupo de personas que toman decisiones sobre movilidad y transporte. Los miembros son los jefes de varias dependencias del gobierno del estado, como el gobernador, las secretarías de Seguridad, Salud y Finanzas, y también los presidentes municipales. Además, se incluye a una persona del Observatorio Ciudadano, que es alguien de la sociedad civil elegido mediante una convocatoria abierta. Cada jefe puede mandar a un suplente en su lugar, siempre que sea su segundo al mando, y ese suplente tiene los mismos derechos para opinar y votar. El representante del Observatorio Ciudadano solo puede opinar, pero no votar. El Sistema también puede invitar a otras autoridades a participar, algunas con derecho a voto y otras solo para dar su opinión. Todos los cargos son honoríficos, es decir, nadie recibe dinero por estar ahí.

Texto oficial

Artículo 33. Integración del Sistema Estatal. El Sistema estará integrado por las personas titulares de: I. El Poder Ejecutivo del Estado; II. La Secretaría; III. La Secretaría de Seguridad; IV. La Secretaría de Salud; V. La Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible; VI. La Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura; VII. La Secretaría de Finanzas; VIII. El Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México; IX. Ayuntamientos, y X. Un representante del Observatorio Ciudadano de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte. La representación de cada dependencia, así como de los municipios, recaerá directamente sobre su titular, quien podrá designar un suplente que deberá tener nivel inmediato inferior, manteniendo voz y voto. En las reuniones el suplente contará con las mismas facultades que las personas propietarias. La persona representante del Observatorio será designada por un esquema de convocatoria abierta bajo el procedimiento de invitación que establezcan los Lineamientos de operación del Sistema Estatal, quien cuenta con voz, pero no con voto. El Sistema Estatal podrá invitar a participar a otras autoridades que se considere necesarias con voz y voto y las demás que se determinen sólo con voz para el debido cumplimiento del objeto de la Ley, según se establezca en los lineamientos de operación del Sistema Estatal. Los cargos de miembros o integrantes serán honoríficos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.