Artículo 87 de la Ley de Víctimas del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser Asesor Jurídico (el abogado que ayuda a víctimas de delitos), necesitas cumplir estos requisitos: ser mexicano con tus derechos políticos y civiles vigentes, tener título y cédula de licenciatura en Derecho, no tener ningún proceso penal abierto ni haber sido sentenciado por un delito grave (doloso, o sea, hecho a propósito) que haya llevado a la cárcel, y no estar inhabilitado para trabajar en el gobierno. Además, debes pasar exámenes de ingreso y oposición (concursos para demostrar tus conocimientos), y tener estudios o experiencia especializada en cómo atender a víctimas y ofendidos.
Texto oficial
Artículo 87. Para ser Asesor Jurídico, se requiere: I. Ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos políticos y civiles. II. Tener título de Licenciado en Derecho y cédula profesional expedidos por la autoridad o institución legalmente facultada para ello. III. No estar vinculado a proceso penal ni haber sido condenado por sentencia ejecutoriada como responsable de delito doloso que amerite pena privativa de libertad. IV. No estar inhabilitado por resolución firme para el desempeño de funciones públicas. V. Aprobar los exámenes de ingreso y oposición correspondientes. VI. Contar con estudios o experiencia profesional que acrediten conocimientos especializados en atención a víctimas y ofendidos. CAPÍTULO V DE LAS OBLIGACIONES DEL ASESOR JURÍDICO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.