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Artículo 1 de la Ley para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica para todas las personas que estén en el Estado de México y tienes que cumplirla sin excusa, porque protege los derechos de la sociedad en general. Es decir, nadie puede decidir si la sigue o no, es obligatoria para todos.

Texto oficial

Artículo 1. Las disposiciones de la presente Ley son de orden público y de interés social, de aplicación obligatoria y observancia general en el Estado de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.