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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley225/96
Ley
Ley que regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones en el Estado de México
Artículo
96

Artículo 96 de la Ley que regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La adopción es un trámite legal que se hace ante un juez, y puede ser iniciada por el Sistema DIF del Estado de México (DIFEM) o por personas comunes que quieran adoptar, siempre y cuando sigan todo lo que dice esta ley. Es un proceso especial, no como cualquier otro juicio.

Texto oficial

Artículo 96. La adopción es un procedimiento judicial especial, promovido por el DIFEM o los particulares, en su caso, que estén interesados en adoptar, cumpliendo las disposiciones de esta Ley.

Ver texto oficial de la Ley que regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones en el Estado de México (pág. 33) ↗

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