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Artículo 1 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica para todos en el Estado de México, sin excepción. Su propósito es organizar cómo el gobierno usa la tecnología (como internet o sistemas digitales) para ofrecer mejores servicios. También busca que el gobierno estatal y los municipios aprovechen la tecnología de manera útil y eficiente. Además, quiere facilitar los trámites y procesos administrativos usando herramientas digitales. Finalmente, busca que el gobierno sea más transparente y que tú, como ciudadano, puedas participar más en cómo se manejan los asuntos públicos.

Texto oficial

Artículo 1. La presente Ley es de orden público y de observancia general en el Estado de México y tiene por objeto: I. Establecer la gobernabilidad de las tecnologías de la información y comunicación a través de la regulación de la planeación, organización, soporte y evaluación de los servicios gubernamentales. II. Fomentar y consolidar el uso y aprovechamiento estratégico de las tecnologías de la información y comunicación en el Estado y municipios. III. Regular la gestión de servicios, trámites, procesos y procedimientos administrativos y jurisdiccionales, a través del uso de las tecnologías de la información y comunicación. IV. Establecer las instancias e instrumentos por los cuales el Estado y los municipios regularán el uso y aprovechamiento estratégico de las tecnologías de la información y comunicación. V. Hacer eficiente la gestión pública a nivel estatal y municipal. VI. Fomentar la transparencia y la participación ciudadana en la gestión pública.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.