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Artículo 30 de la Ley del Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un documento oficial se publica en el periódico oficial pero tiene errores de escritura o de imprenta, se puede hacer una "fe de erratas" para corregirlos. Esto significa arreglar el texto publicado para que quede igual que el documento original, sin cambiar su sentido. Para pedir esa corrección, la persona que dirige la oficina que emitió el documento debe estar enterada y de acuerdo.

Texto oficial

Artículo 30. La fe de erratas es la corrección de los errores de impresión o de texto en los documentos publicados en el periódico oficial y consiste en la rectificación del texto publicado que difiere del documento original. La fe de erratas, se solicitará con el conocimiento del titular del órgano que emitió la resolución original.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.