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Ley
Ley Reglamentaria de las fracciones XXV y XXVI del artículo 61 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Artículo
29

Artículo 29 de la Ley Reglamentaria de las fracciones XXV y XXVI del artículo 61 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los municipios de tu estado, con ayuda de la Comisión Estatal, pueden ponerse de acuerdo entre ellos mismos para arreglar sus límites territoriales, como quién se queda con tal o cual terreno. Para eso, deben hacer un convenio amistoso, o sea, un contrato donde todos estén de acuerdo. Después, ese acuerdo tiene que ser enviado al Congreso del estado (la Legislatura) para que lo apruebe o lo rechace. Si lo aprueban, ya queda firme.

Texto oficial

Artículo 29.- Los municipios del Estado con el apoyo técnico de la Comisión Estatal podrán arreglar entre si, por convenios amistosos, sus respectivos límites, sometiéndolos a la Legislatura para su aprobación.

Ver texto oficial de la Ley Reglamentaria de las fracciones XXV y XXVI del artículo 61 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (pág. 9) ↗

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