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Artículo 11 de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Combate del Sobrepeso, la Obesidad y los Trastornos Alimentarios del Estado de México y sus Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno del estado y los municipios tienen que organizar rutinas de ejercicio en sus instalaciones para que los empleados dejen de estar sentados todo el día y mejoren su salud. También deben ofrecer espacios deportivos y de recreación gratis para su personal. Las empresas privadas, por su parte, están invitadas a dar tiempo durante la jornada laboral para que los trabajadores hagan actividad física. Para poner todo esto en marcha, las dependencias públicas necesitan coordinarse con la Secretaría correspondiente.

Texto oficial

Artículo 11. Las dependencias, órganos desconcentrados y organismos auxiliares de la administración pública estatal y los municipios, establecerán rutinas de activación física dentro de sus instalaciones, que permitan modificar hábitos laborales de sedentarismo y que brinden beneficios a la salud de los trabajadores, promoviendo espacios deportivos y de recreación para que su personal acceda de manera gratuita. Los particulares fomentarán que dentro de sus instalaciones se destinen horarios para establecer rutinas de activación física. Para el desarrollo de estas acciones, las dependencias, órganos desconcentrados y organismos auxiliares de la administración pública estatal y los municipios deberán coordinarse con la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.