Artículo 12 de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Combate del Sobrepeso, la Obesidad y los Trastornos Alimentarios del Estado de México y sus Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud del Estado de México es la responsable de hacer varias cosas para combatir el sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios. Tiene que crear y dar a conocer un programa estatal para esto, y también garantizar que haya servicios de salud que prevengan y atiendan estos problemas. Además, debe promover una buena alimentación, hacer campañas en escuelas y espacios públicos, y apoyar la investigación científica sobre el tema. También tiene que supervisar que los alimentos en las escuelas se preparen con higiene y, en general, hacer todo lo que la ley le pida para cuidar la salud de la gente.
Texto oficial
Artículo 12. Corresponde a la Secretaría: I. Formular y difundir el Programa Estatal. II. Garantizar los servicios de salud que prevengan, traten y combatan el sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios en el Estado de México y municipios. III. Promover los hábitos alimenticios y nutricionales correctos. IV. Impulsar la participación ciudadana en la prevención, tratamiento y combate del sobrepeso, obesidad y trastornos alimentarios en el Estado de México y municipios. V. Difundir la información sobre la prevención, tratamiento y combate del sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios a la sociedad del Estado de México y municipios. VI. Estimular trabajos científicos, investigación, desarrollo del conocimiento y divulgación en materia de sobrepeso, obesidad y trastornos alimentarios en el Estado de México y municipios. VII. Diseñar, instrumentar y llevar a cabo en coordinación con las secretarías de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, de Bienestar, y de Cultura y Turismo, campañas de promoción sobre nutrición y alimentación sana, difundiendo en los centros de salud, hospitales, planteles escolares y Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 17 de febrero de 2016. Última reforma POGG: 5 de abril de 2024. LEY PARA LA PREVENCIÓN, TRATAMIENTO Y COMBATE DEL SOBREPESO, LA OBESIDAD Y LOS TRASTORNOS ALIMENTARIOS DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS 5 espacios públicos, las causas que provocan el sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios, así como las formas de prevenirlas y atenderlas. VIII. Proporcionar atención personalizada, interdisciplinaria e integral en el tratamiento del sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios, así como la canalización oportuna a la institución especializada correspondiente. IX. Realizar estudios e investigaciones para conocer las condiciones de nutrición que prevalecen en la población, así como los factores de riesgo y las causas de sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios, con el fin de realizar acciones oportunas que permitan su tratamiento y control. X. Realizar visitas para supervisar las condiciones de higiene y seguridad en la preparación, expendio y distribución de alimentos y bebidas en los planteles educativos a través de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México, en coordinación con la Secretaría de Educación, en el ámbito de sus respectivas competencias. XI. Las demás que le confiera esta Ley y otras disposiciones legales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.