Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley232/7
- Ley
- Ley de Indulto del Estado de México
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la Ley de Indulto del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley. "Derogado" significa que fue eliminado o quitado del código, así que ya no tienes que preocuparte por lo que decía. Si antes tenía una regla, ahora esa regla ya no se aplica. En términos prácticos, es como si el artículo nunca hubiera estado ahí.
Texto oficial
Artículo 7. Derogado
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