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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley233/21
Ley
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
Artículo
21

Artículo 21 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 21 dice que cuando pidas información pública, todo el proceso debe ser rápido y sin complicaciones. También debe hacerse siguiendo las reglas que marca esta ley. En pocas palabras, las autoridades tienen que resolver tu solicitud de manera ágil, sin vueltas ni trámites difíciles.

Texto oficial

Artículo 21. Todo procedimiento en materia de derecho de acceso a la información deberá sustanciarse de manera sencilla y expedita, de conformidad con las bases de esta Ley.

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.