Artículo 21 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 21 dice que cuando pidas información pública, todo el proceso debe ser rápido y sin complicaciones. También debe hacerse siguiendo las reglas que marca esta ley. En pocas palabras, las autoridades tienen que resolver tu solicitud de manera ágil, sin vueltas ni trámites difíciles.
Texto oficial
Artículo 21. Todo procedimiento en materia de derecho de acceso a la información deberá sustanciarse de manera sencilla y expedita, de conformidad con las bases de esta Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.