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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley233/41
Ley
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
Artículo
41

Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto tiene que hacer que la información esté disponible para todos en formatos que sean fáciles de usar y entender, como datos abiertos. Eso significa que la información debe estar en un formato que cualquier persona pueda descargar, modificar y compartir sin tener que pedir permiso o pagar. Además, debe ser accesible, o sea, que cualquier persona, incluso con alguna discapacidad, pueda consultarla sin problemas. En pocas palabras, la idea es que todos podamos usar esa información libremente, sin trabas.

Texto oficial

Artículo 41. El Instituto promoverá la publicación de la información en datos abiertos y accesibles.

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.