Artículo 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto tiene que hacer que la información esté disponible para todos en formatos que sean fáciles de usar y entender, como datos abiertos. Eso significa que la información debe estar en un formato que cualquier persona pueda descargar, modificar y compartir sin tener que pedir permiso o pagar. Además, debe ser accesible, o sea, que cualquier persona, incluso con alguna discapacidad, pueda consultarla sin problemas. En pocas palabras, la idea es que todos podamos usar esa información libremente, sin trabas.
Texto oficial
Artículo 41. El Instituto promoverá la publicación de la información en datos abiertos y accesibles.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.