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Artículo 65 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que todas las oficinas del gobierno deben ayudarle al Instituto de Transparencia para que sus empleados reciban capacitación constante sobre cómo las personas pueden pedir información pública. También, el Instituto tiene que organizar pláticas, eventos y concursos, con ayuda de escuelas y centros culturales, para que la gente del Estado de México entienda mejor qué es la transparencia y cómo pedir datos del gobierno.

Texto oficial

Artículo 65. Los sujetos obligados deberán cooperar con el Instituto, para capacitar y actualizar, de forma permanente, a todos sus servidores públicos en materia del derecho de acceso a la información, a través de los medios que considere pertinente. Con el objeto de crear una cultura de la transparencia y acceso a la información entre los habitantes Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 4 de mayo de 2016. Última reforma POGG 22 de junio de 2023. LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 26 del Estado de México, el Instituto deberá promover, en colaboración con instituciones educativas y culturales del sector público o privado de la entidad, actividades, mesas de trabajo, exposiciones y concursos relativos a la transparencia y acceso a la información.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.