- Ley
- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
- Artículo
- 72
Artículo 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto va a dar a conocer las reglas para medir si la política de transparencia proactiva (que es cuando las autoridades publican información útil por iniciativa propia) está funcionando bien. Para eso, tomarán en cuenta cómo la sociedad aprovecha y usa de nuevo esa información, por ejemplo, para hacer análisis, investigaciones o proyectos. En otras palabras, si la gente le da un uso práctico a los datos publicados, eso servirá como prueba de que la política sí está siendo efectiva.
Texto oficial
Artículo 72. El Instituto publicará los criterios para evaluar la efectividad de la política de la transparencia proactiva, considerando como base, la reutilización que la sociedad haga a la información.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.