Artículo 87 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 87 dice que las personas o empresas con datos de otros deben cuidarlos según las reglas especiales para protección de datos personales. Esto aplica aunque ya estén obligados por esta ley. En pocas palabras, si tienes información de alguien, eres responsable de no mal usarla y de seguir todas las normas que protegen esos datos. No importa si ya te toca cumplir con otras reglas, igual tienes que cuidar la privacidad de la gente.
Texto oficial
Artículo 87. Los particulares, sin perjuicio de que sean considerados sujetos obligados de conformidad con la presente Ley, serán responsables de los datos personales de conformidad con la normatividad aplicable para la protección de datos personales en posesión de los particulares.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.