Artículo 12 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto Municipal de la Juventud de Ayapango”
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Junta Directiva revisará el proyecto del programa y lo que salió de las consultas que se hicieron. Tiene que aprobarlo en máximo una semana después de que el Director se los presente. Luego, deben publicarlo en la Gaceta Municipal y en el periódico oficial llamado "Gaceta del Gobierno".
Texto oficial
Artículo 12. La Junta Directiva conocerá el proyecto del Programa y el resultado de los mecanismos de consulta instrumentados y deberá aprobarlo en los siete días siguientes a su presentación por el Director y publicarlo en la Gaceta Municipal y el periódico oficial "Gaceta del Gobierno". CAPÍTULO III DE LA ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.