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Artículo 5 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto Municipal de la Juventud de Ayapango”

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Instituto se creó para ayudar a que los jóvenes del Estado de México vean respetados sus derechos, como tener voz en las decisiones del gobierno, acceso a servicios de salud o educación, y poder participar en la vida cultural. También cubre otros derechos que están escritos en la Ley de la Juventud del Estado de México y en otras leyes que aplican.

Texto oficial

Artículo 5. El Instituto tiene por objeto promover la defensa y protección a los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales de los jóvenes, establecidos en la Ley de la Juventud del Estado de México, así como en las demás disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.