Artículo 5 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto Municipal de la Juventud de Ayapango”
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Instituto se creó para ayudar a que los jóvenes del Estado de México vean respetados sus derechos, como tener voz en las decisiones del gobierno, acceso a servicios de salud o educación, y poder participar en la vida cultural. También cubre otros derechos que están escritos en la Ley de la Juventud del Estado de México y en otras leyes que aplican.
Texto oficial
Artículo 5. El Instituto tiene por objeto promover la defensa y protección a los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales de los jóvenes, establecidos en la Ley de la Juventud del Estado de México, así como en las demás disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.