Artículo 6 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto Municipal de la Juventud de Ayapango”
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de la Juventud de Ayapango tiene como principales objetivos mejorar la vida de los jóvenes. Se encarga de proponer y ejecutar programas para que los jóvenes se integren al desarrollo del municipio, cuidando que tengan las mismas oportunidades sin discriminación. También promueve que conozcan y respeten sus derechos, y los apoya en temas como trabajo, deporte, cultura y cuidado del medio ambiente. Además, el Instituto sirve como el representante del gobierno local para hablar de juventud con otras autoridades y organizaciones.
Texto oficial
Artículo 6. Son objetivos del Instituto: I. Estudiar, analizar, proponer y ejecutar las políticas públicas en materia de atención a la juventud, que permitan incorporar plenamente a los jóvenes al desarrollo del municipio de Ayapango; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 4 de agosto de 2016. Sin reformas. LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO "INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD DE AYAPANGO" 2 II. Impulsar el mejoramiento de la calidad de vida de los jóvenes; III. Promover la cultura de conocimiento, ejercicio y respeto de los derechos de los jóvenes; IV. Garantizar a los jóvenes el acceso y disfrute de oportunidades en condiciones de equidad; V. Actuar como órgano de consulta y asesoría de las dependencias y entidades de la administración pública municipal, así como coadyuvar en las acciones de las autoridades federales, estatales y municipales y con los sectores social y privado en los temas relacionados con el desarrollo integral de los jóvenes; VI. Promover coordinadamente con las dependencias y entidades de la administración pública municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias, las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, así como sus expectativas sociales y culturales y sus derechos; VII. Fungir como representante del gobierno municipal de Ayapango en materia de juventud ante los gobiernos federal, estatal y los de otros municipios, así como ante organizaciones privadas y sociales y organismos internacionales; VIII. Fomentar la participación de los jóvenes en el desarrollo del municipio y en la formación y creación de mejores condiciones de vida, así como en la promoción y esfuerzo conjunto entre la sociedad juvenil y el gobierno; IX. Establecer distintos mecanismos y actividades que permitan ampliar la difusión de la labor del gobierno municipal de Ayapango y del Instituto, entre los jóvenes del municipio; X. Difundir los derechos, obligaciones y deberes de la juventud; XI. Fomentar la organización, desarrollo y fortalecimiento de la empresa y el cooperativismo juvenil; XII. Promover, conjuntamente con el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ayapango, el deporte y la recreación entre los jóvenes; XIII. Promover, coordinar y ejecutar actividades diversas, que propicien la integración social, cultural, profesional, económica y política de la juventud; XIV. Diseñar y promover políticas públicas municipales en contra de todo tipo de violencia y discriminación, así como garantizar los derechos de los adolescentes y los jóvenes, la equidad de género y la integración social; XV. Promover entre la juventud su integración al desarrollo sustentable y a la protección de los recursos naturales; XVI. Las demás que establezcan otras disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.