Artículo 33 de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Ministerio Público es una sola institución que no se puede dividir. Su trabajo es representar a las personas que han sido víctimas de algún delito, investigando los hechos y llevando el caso ante los jueces para que el responsable sea castigado. Solo en casos muy específicos que marca la ley, una persona afectada puede acudir directamente a los tribunales sin esperar a que el Ministerio Público actúe.
Texto oficial
Artículo 33. El Ministerio Público es una institución única e indivisible, que funge como representante social en los intereses de quienes sean lesionadas o lesionados en sus derechos, a través de la investigación y persecución de los delitos y el ejercicio de la acción penal ante los tribunales competentes. Solo en los casos establecidos en la Constitución Federal y el Código Nacional, las y los particulares podrán ejercitar acción penal directamente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.