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Artículo 50 de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Servicio de Carrera de la Fiscalía es como un sistema organizado para elegir, capacitar y controlar a los empleados que trabajan directamente en las investigaciones y operaciones. Su objetivo es que estos trabajadores se sigan preparando, tengan buena actitud y actúen con ética y valores para poder crecer y quedarse en el puesto. También garantiza que todos tengan las mismas oportunidades de entrar, subir de puesto y obtener premios o beneficios según su esfuerzo y experiencia, no por cuates o palancas. Así se busca tener empleados más capaces, ofrecer un mejor servicio y que la gente confíe más en la Fiscalía.

Texto oficial

Artículo 50. El Servicio de Carrera de la Fiscalía es el sistema de ingreso, administración y control del personal operativo que promueve su profesionalización continua, actitud de servicio, apego a principios y valores, para el desarrollo y permanencia, asegurando la igualdad de oportunidades de ingreso, ascensos, estímulos y beneficios con base en el mérito y la experiencia, a fin de contar con servidoras y servidores públicos capaces, mejorar la calidad del servicio y fortalecer la confianza ciudadana en sus instituciones. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de diciembre de 2016. Última Reforma POGG: 04 de febrero de 2026. LEY DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO 38

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.